TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

Versión 1.2 de 14 de abril de 2020

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

1.1 El presente documento contiene el texto íntegro de las Condiciones Generales de Uso de la Plataforma y Software Compliance21® (incluido al contratar Compliance21) prestado por NAT21 CONSULTORIA Y FORMACION, S.L. (en adelante denominada “NAT21”), y constituyen, sin perjuicio de los acuerdos o condiciones particulares que se establezcan en su caso, un contrato entre Usted (el “CLIENTE”) y NAT21.

1.2 NAT21 es el proveedor del software de protección de datos para profesionales Compliance21® objeto del presente contrato a través de nuestra web. NAT21 está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid.

1.3 El registro como usuario y la utilización del servicio Compliance21® suponen su aceptación completa y sin reservas de las presentes Condiciones Generales de Contratación, (en adelante “CGC”).

1.4 En estas CGC, el término Parte se utilizará para designar a NAT21 y al CLIENTE de forma individual y el término “Partes” para designarlos conjuntamente.

2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

2.1 El Servicio Compliance21® (en adelante el “Servicio”) configurado como “Software as a Service”, propiedad de NAT21, le permiten, entre otros, llevar a cabo la adaptación de empresas y organizaciones en materia de protección de datos, gestionar, hacer un seguimiento y generar negocio.

2.2 El CLIENTE registrará cuantas entidades sea necesario. El Servicio no implica lugar de trabajo y está siempre disponible desde cualquier lugar.

2.3 Mediante la plataforma e introduciendo todos los datos necesarios y solicitados de cada entidad se generará de forma automática la documentación necesaria en materia de protección de datos incluyendo entre otros el registro de actividades de tratamiento, contratos con terceros encargados, análisis de riesgos.

2.4 Soporte legal. Compliance21®  Incluye soporte legal, dudas y consultas, noticias relevantes, informes, jurisprudencia. Todas las consultas se realizarán a través del correo electrónico info@compliance21.es y serán respondidas generalmente en un plazo de entre 3 y 7 días para así poder dar la mejor respuesta y documentarla de la mejor manera.

Ninguna respuesta  del soporte legal garantiza la legalidad ni asegura el cumplimiento normativo, siendo todas las respuestas del soporte legal opiniones y en ningún momento pueden asegurar que sean una garantía de cumplimiento.

2.5 La prestación del Servicio se realizará accediendo al software Compliance21® a través del dominio https://app.compliance21.es o alguno de sus subdominios. NAT21 se obliga a mantener en las condiciones técnicas adecuadas el software del Servicio a fin de que el CLIENTE tenga acceso al output definido en el presente contrato, esto es, la información relativa de sus “clientes” que haya sido correctamente incorporada al sistema. NAT21 no está obligado a realizar trabajos de adaptación del software y producto ofertado a los requerimientos del CLIENTE.

2.6 La prestación del Servicio del software Compliance21® incluye el uso y descarga de un repositorio documental que será accesible a través del software online. Dicho repositorio estará gestionado por NAT21 e incluirá guías, legislación, memorias, informes, jurisprudencia y cualquier material que pueda ayudar en los trabajos de consultoría del CLIENTE.

3. ASPECTOS ECONÓMICOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

3.1 EL CLIENTE comprará el servicio bien vía Web o de forma presencial según su  elección y al precio ofertado. El uso del servicio será por períodos trimestrales o anuales.

El pago del servicio se realizará mediante domiciliación bancaria de recibos, aunque podrían facilitarse otras vías de pago mediante transferencia o cualquier medio que esté publicado en nuestra web.

La duración del contrato es de un trimestre o un año renovable. Una vez finalizado el contrato este se renovará de forma automática por períodos de un trimestre o un año  salvo que el CLIENTE comunique por escrito su decisión de no renovarlo con al menos 30 días de antelación a la finalización.

3.2 En el presente contrato está contemplado tanto el soporte como la atención y el mantenimiento evolutivo general, no el específico que requiera el cliente, y correctivo de la parte Software.

3.3 Toda la arquitectura tecnológica que da soporte al servicio es por cuenta de NAT21 y es entregada en modo SAAS (Software as a Service) al cliente con las limitaciones temporales fijadas en el párrafo 3.1

3.4 El impago por parte del CLIENTE de una cuota de servicio provocará la rescisión automática del servicio

4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

4.1 El CLIENTE es responsable de disponer y cumplir con todos los requisitos técnicos y materiales para poder acceder al portal online. Este acceso deberá efectuarse con los medios propios de conexión a internet del CLIENTE, que en todo caso es responsable de la instalación, funcionamiento, mantenimiento, uso y compatibilidad de su hardware, software y comunicaciones para acceder al Servicio. NAT21 no será responsable del correcto funcionamiento de los equipos y líneas de comunicación del CLIENTE, ni tendrá ningún tipo de obligación ni responsabilidad en relación con los mismos.

4.2 EL CLIENTE deberá informar debidamente, según el Derecho aplicable, a sus “clientes”, en lo relativo a los ámbitos de protección de datos, derecho laboral e igualdad. Es responsabilidad del CLIENTE, con total indemnidad para NAT21, el cumplimiento de toda la normativa para la prestación de servicios en materia de protección de datos.

4.3. El CLIENTE como responsable del tratamiento de los datos asume la plena responsabilidad por el uso que haga del Servicio, incluyendo su software y registros de datos y de cualquier otra información o anotaciones concretas que realice utilizando el Servicio.

4.3.1 Corresponde a EL CLIENTE verificar que la herramienta se adapta de forma idónea a su metodología, forma de trabajo y expectativas.

NAT21 no es responsable de los datos introducidos por EL CLIENTE en la plataforma, así como del resultado final del trabajo y/o la documentación desarrollada por EL CLIENTE, siendo éste el responsable único de los resultados del servicio con su cliente y la gestión que haga del mismo.

4.3.2 El CLIENTE comunicará a NAT21 las personas que, según su nivel de responsabilidad en su organización, puedan acceder al tratamiento de datos dentro de Compliance21® requiriendo tal acceso las debidas condiciones de confidencialidad en función de la naturaleza de los mismos. En función de dicho grado dichas personas procederán al alta y baja de entidades.

4.3.3 Asimismo, es responsabilidad del CLIENTE, la instrucción a sus “clientes” respecto de las condiciones para el correcto funcionamiento del servicio, condición indispensable para que los mismos puedan acceder a la información.

4.3 EL CLIENTE asume la plena responsabilidad por el uso de los accesos facilitados al Servicio y es responsable de que los datos que se introduzcan en el sistema sean los correctos, tanto aquellos proporcionados por él directamente como por parte de sus empleados y colaboradores. NAT21 manifiesta expresamente que no es responsable ni de los usos indebidos que pudieran producirse ni de una introducción de datos incorrectos en el sistema.

4.5 El CLIENTE es el responsable de cualquier fichero de datos o actividad de tratamiento de carácter personal que cree mediante la utilización del Servicio. Como responsable de dichos datos, el CLIENTE será siempre quien decida sobre la finalidad de dicho fichero o actividad de tratamiento. El CLIENTE debe informar a las personas sujetas al uso de la plataforma de la recogida de cualquiera de sus datos de carácter personal, así como de los deberes y derechos derivados de dicha actuación. El CLIENTE se obliga a utilizar el Servicio de la forma prevista y para las finalidades de la plataforma, sin que la utilización del Servicio se realice de forma ilegal o fraudulenta o sirva como base para cualquier actuación ilegal o fraudulenta.

5. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

5.1 La Plataforma y Software Compliance21® es una aplicación software configurada como “Software as a Service” que se licencia/provee “tal cual”:

– Corresponde al CLIENTE verificar que se adapta de forma idónea a su metodología, forma de trabajo y expectativas.

– NAT21 no es responsable de los datos introducidos por el CLIENTE en al plataforma Compliance21®, así como del resultado final del trabajo y/o la documentación desarrollada por el CLIENTE, siendo éste el responsable único del resultado del servicio con “su cliente” y la gestión que haga del mismo.

– NAT21 no es responsable del uso que haga el CLIENTE de las claves de acceso proporcionadas, incluyendo la cesión de las mismas a terceras personas.

– NAT21 hemos adoptado las medidas técnicas necesarias para garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos introducidos en la plataforma, sin embargo, no podemos garantizar la absoluta inviolabilidad de los sistemas. NAT21 no se hace responsable de las consecuencias acaecidas en caso de que tal evento suceda, ni de ningún tipo de indemnización por lo ocurrido, aunque comprometiéndose a restaurar la normalidad de uso lo antes posible.

5.2 Salvo que medie dolo, NAT21, sus directivos, consejeros, empleados o agentes no son responsables por ningún daño o perjuicio relacionados con este contrato. En particular y sin ser exhaustivo, no serán responsables de pérdidas, lucro cesante, daños indirectos o colaterales de ningún tipo.

5.3 NAT21 no responde de ningún daño o perjuicio que se cause por los servicios que no sean directamente suministrados por ella, a mero título ejemplificativo se mencionan: el Servicio de Internet, equipos desde los que se acceda al software, así como otros que no dependan de su tecnología.

5.4 En todo caso, la responsabilidad máxima de NAT21 no superará el importe máximo del precio facturado por el servicio o uso de software que concretamente haya causado el daño o perjuicio reclamado. 

6. MODIFICACIONES DE REGULACIÓN

6.1. En el supuesto de que sobrevenga una acción regulatoria, medida legal o reglamentaria que, a juicio razonable de NAT21 y su departamento legal, prohíba, restrinja sustancialmente o haga comercialmente inviable la prestación de los Servicios, NAT21 estará habilitada para: (i) modificar los Servicios o los términos y condiciones de este Contrato con la finalidad de adaptarse a la nueva situación, (ii) resolver el Contrato. NAT21 estará exento de cualquier responsabilidad por las situaciones descritas en esta cláusula, siempre que las notifique por escrito al CLIENTE de forma inmediata una vez tenga conocimiento de cualquier de dichas situaciones.

6.2 NAT21 se reserva la facultad de efectuar, en cualquier momento, las modificaciones y actualizaciones en la prestación del servicio, sus contenidos, configuración, disponibilidad y presentación de la información, así como de las presentes CGC, sin perjuicio de los derechos adquiridos.

7. PERÍODO DE PRUEBA

En los servicios contratados NAT21 puede establecer un periodo de prueba sin cargo entre cinco y quince (5 y 15) días desde la fecha de suscripción, durante este periodo de prueba NAT21 garantiza al CLIENTE la posibilidad de anular la suscripción sin cargo alguno. Para cancelar la suscripción El CLIENTE deberá comunicar su intención de finalizar el servicio dirigiendo un correo electrónico a la cuenta de info@compliance21.es

8. PROTECCIÓN DE DATOS.

8.1 En relación con los datos que se puedan recopilar en virtud del presente contrato el CLIENTE tiene la consideración de responsable del tratamiento, y deberá cumplir con las obligaciones previstas por la ley aplicable. NAT21 recibe la consideración de encargado del tratamiento, y en consecuencia trata los datos según las instrucciones del CLIENTE. NAT21 no aplica ni utiliza los datos con fines distintos a los que figuran en el presente contrato. Asimismo, NAT21 como encargado del tratamiento adopta las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento UE 2016/679.

Le informamos de que sus datos serán tratados, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento UE 679/2016, y serán incluidos en un registro de actividades de tratamiento cuyo  responsable es NAT21, S.L. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación contractual o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales y no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal.

La finalidad de la recogida será la gestión de este contrato y la administrativa, además de para informarle de nuestros productos y servicios, incluso por  medios electrónicos, previo consentimiento. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en NAT21, S.L. estamos tratando sus datos personales y podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, oposición, portabilidad, y a oponerse a decisiones individuales automatizadas. Asimismo, podrá revocar su consentimiento en caso de que lo hayan otorgado para alguna finalidad específica, pudiendo modificar sus preferencias en todo momento. Podrá ejercitar sus derechos a través del correo electrónico info@compliance21.es o  escribiendo a la siguiente dirección: C/ Gral. Díaz Porlier, 21 Ent. B – 28001 Madrid.

Si lo desea puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Aviso Legal y Política de Privacidad de nuestra página web www.compliance21.es

8.2. El CLIENTE deberá informar en todo caso al interesado de la recopilación de datos personales (empleado, colaboradores, etc.) y de sus derechos. El CLIENTE se obliga a comunicar el ejercicio de estos derechos por parte de los interesados a NAT21, para que se puedan adoptar las medidas oportunas.

9. PROPIEDAD INTELECTUAL

Queda expresamente prohibido al CLIENTE la reproducción, transmisión a otro equipo informático, modificación, adaptación, mantenimiento, corrección de errores, cesión, venta, arriendo, préstamo, cesión de uso ni parcial ni total, transmisión del derecho de uso, divulgación, publicación, etc., del software vinculado a este Servicio.

Mediante este contrato no se produce ninguna cesión ni licencia más allá de la autorización para usar el software Compliance21® como servicio por internet.

10. RESOLUCIÓN

10.1 NAT21 podrá resolver el presente Contrato o suspender el Servicio, con una notificación previa al CLIENTE con quince (15) días de antelación si: (i) se produce impago por parte del CLIENTE; (ii) se produce un incumplimiento por parte del CLIENTE de una obligación esencial en virtud del presente Contrato, distinta de la obligación de pago, siempre que dicho incumplimiento no fuera subsanado en el plazo de quince (15) días desde la recepción de la notificación por escrito del mismo.

10.2 NAT21 podrá resolver el presente Contrato o suspender el Servicio de forma inmediata cuando el CLIENTE esté realizando cualquier conducta que suponga un fraude o acto ilegal y/o cause o pueda causar daños a terceros o a la infraestructura de comunicaciones y/o sistemas de NAT21 o perturbe su funcionamiento y/o la prestación de los Servicios al CLIENTE o a terceros.

10.3 El presente Contrato podrá resolverse por cualquier de las partes por cualquier otra causa concreta prevista en el mismo.

10.4 La resolución del presente Contrato no eximirá al CLIENTE de su obligación de pagar cualesquiera cargos incurridos a tenor del presente Contrato con anterioridad a su resolución.

11. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

11.1 Para conocer de cualquier controversia o litigio en relación con esta relación contractual serán competentes los Tribunales españoles, y en particular los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.

Compliance 21®

Compliance21® es un programa para la implementación, gestión y control de Compliance Programs, para profesionales del sector que ofrece una herramienta rápida, intuitiva y en constante actualización.

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